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Sancionan al Alcalde de Neiva por no acatar una orden judicial

Escrito por - 02/23/2023

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Por no evitar la contaminación del río magdalena por aguas servidas, ratifican la sanción interpuesta a los funcionarios públicos.  

El Consejo de estado confirmó la sanción impuesta por el Tribunal Administrativo del Huila en el mes de diciembre del 2022, contra el Alcalde de Neiva, Gorky Muñoz Calderón, y el exSecretario de Ambiente, Octavio Cabrera Cante, por incumplir una orden judicial por contaminación de fuentes hídricas por aguas negras provenientes de Mercaneiva y Surabastos.

La sanción equivalente a 10 millones de pesos, que podría convertirse en arresto hasta por seis meses.

Lo anterior se debe a una acción popular interpuesta en el 2004 por la sociedad Surabastos Propiedad Horizontal en contra de la sociedad Surabastos S.A., la Alcaldía de Neiva y el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, por los vertimientos de aguas negras al río Magdalena, sin un tratamiento previo.

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Después de que el tribunal falló favorablemente la acción popular, la Alcaldía y el Ministerio de Agricultura se comprometieron a ejecutar y socializar con la CAM el estudio de diagnóstico integral, el diseño del sistema o sistemas de tratamiento y el trámite del permiso de vertimientos. Además, le fijó un plazo de un año para la construcción de la infraestructura requerida para evacuar las aguas servidas como corresponde. Pero no lo hicieron.

Adicionalmente, le ordenó a la Nación y a la administración municipal una garantía bancaria o póliza de seguros por 50 millones, cada uno.

En el 2020 se llevó a cabo la primera audiencia de verificación, en el 2021 la segunda y en el 2022, la tercera, pero no hubo cumplimiento alguno.

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La alcaldía e Neiva en su defensa afirmó que las aguas residuales domésticas y no domésticas que se generan en los dos complejos, fueron conectadas, a través del colector principal, a la red de alcantarillado.

Sin embargo, técnicos de la CAM, manifestaron que la conexión de las aguas residuales generadas en las dos centrales de abastos al sistema público de alcantarillado no constituye un cumplimiento de la sentencia judicial y tampoco una solución a la vulneración de los derechos colectivos.

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En consecuencia, el Consejo de Estado calificó como una conducta culposa debido a la falta de interés en impartir cumplimiento a la orden judicial, por la actitud pasiva del ex secretario de Medio Ambiente.

Frente al fallo de la alta corte, presentó un incidente de nulidad para frenar la sanción, para que surta el último recurso.

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