Nueva jornada laboral: lo que cambia desde hoy
Escrito por Diego Andrés Marínez Polanía - 07/15/2026
Desde el 15 de julio de 2026 entró en vigor la jornada laboral de 42 horas semanales en Colombia.

A partir de este 15 de julio de 2026, entró en vigencia en Colombia la reducción de la jornada laboral a 42 horas semanales, como parte de la implementación gradual de la Ley 2101 de 2021, que disminuye el tiempo máximo de trabajo sin afectar el salario de los empleados.
Con la aplicación de esta medida, empleadores y trabajadores deberán acordar cómo distribuir las 42 horas durante la semana, respetando las condiciones establecidas por la legislación laboral. La norma no fija un número específico de horas por día, pero sí exige cumplir el límite semanal y garantizar el descanso obligatorio.
Jornadas flexibles y acuerdos entre las partes
La legislación permite establecer jornadas laborales flexibles. Esto significa que empleador y trabajador pueden pactar jornadas continuas de entre cuatro y nueve horas diarias, siempre que no se superen las 42 horas semanales y que estas se distribuyan en un máximo de seis días, dejando al menos un día de descanso.
El objetivo de esta flexibilidad es facilitar la organización del tiempo de trabajo según las necesidades de cada empresa, sin modificar los derechos laborales ni las condiciones salariales de los trabajadores.
El salario no se verá afectado
La reducción de la jornada laboral no implica una disminución en la remuneración. Los empleados seguirán recibiendo el mismo salario por su jornada ordinaria, siempre que las horas trabajadas se mantengan dentro del nuevo límite legal.
Sin embargo, cuando un trabajador labore por fuera de su jornada ordinaria, tendrá derecho al pago de las horas extras y de los recargos correspondientes. De igual manera, quienes trabajen en horario nocturno continuarán recibiendo el recargo establecido por la ley, respetando el máximo de 42 horas semanales.
Empresas deberán registrar las horas extras
Otro cambio importante está relacionado con la Ley 2666 de 2025, que obliga a las empresas a llevar un registro detallado de las horas extras realizadas por sus trabajadores.
Este registro deberá diferenciar entre horas extras diurnas y nocturnas y deberá ser entregado al empleado cuando este lo solicite.
Además, la normativa mantiene un límite para el trabajo suplementario: las horas extras no podrán superar las 12 horas por semana, por lo que las empresas deberán planificar sus jornadas garantizando el cumplimiento de este tope y de las demás disposiciones laborales vigentes.
