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Admiten demanda contra elección de presidenta de la Cámara de Comercio del Huila

Escrito por - 11/23/2023

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La controversia gira en torno a la presunta violación de estatutos en la elección de Carrera y su nombramiento irregular.

La presidenta de la Cámara de Comercio del Huila, Lina Marcela Carrera enfrenta una suspensión temporal de su cargo mientras se tramita una demanda presentada por tres miembros de la junta directiva de la entidad.

La medida, que será adoptada en un proceso verbal de impugnación iniciado por el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Neiva, responde a la solicitud de los accionantes de suspender provisionalmente los efectos del nombramiento de Carrera y declarar la nulidad de su designación, argumentando una presunta violación de las disposiciones estatutarias y legales vigentes.

Carrera, quien lleva apenas 54 días en el cargo, fue designada al parecer en circunstancias controvertidas. Su nombramiento se produjo en una reunión ordinaria de la junta directiva, sin convocatoria previa y sin haber sido incluido en el orden del día. La elección tuvo lugar el mismo día en que se hizo pública la renuncia del titular anterior, Ariel Rincón Machado, quien ocupaba el cargo desde hace 23 años.

Los demandantes, Armando Cuéllar Arteaga, Humberto Bocanegra Campos y Oswaldo Calderón Trujillo, cuestionan la legalidad del proceso de elección, alegando que se eludió el procedimiento legal contemplado en los estatutos de la entidad. La impugnación, presentada el 13 de octubre de 2023, fue admitida el 7 de noviembre pasado.

El juez Quinto Civil del Circuito, Luis Fernando Hermosa Rojas, considera que la demanda reúne los requisitos del Código General del Proceso y ha iniciado el trámite para la nulidad del acto de designación y elección de la presidenta actual.

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Además, como medida previa, se ha fijado una caución de 65 millones de pesos que los demandantes deben prestar como garantía para cubrir eventuales perjuicios causados por la medida cautelar solicitada. Una vez constituida esta garantía, el juez podría declarar la suspensión provisional de Carrera.

En respuesta, Carrera, especializada en administración pública contemporánea, asegura que su nombramiento se hizo de manera transparente y conforme a los principios rectores. Alega que la junta directiva tenía la facultad de realizar la elección de manera inmediata ante la renuncia del presidente anterior y que la impugnación no ha sido notificada oficialmente.

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La suspensión provisional, de prosperar, podría llevar a que la primera presidenta suplente, Sandra Constanza Clavijo Monroy, asuma temporalmente el cargo hasta que se tome una decisión de fondo.

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