Conozca los beneficios que tiene por haber votado
Escrito por neivastereo - 10/31/2023
Presentando su certificado electoral, podrá acceder a medio día compensatorio, descuentos económicos y otros beneficios.

El pasado domingo se realizaron las elecciones regionales 2023 y quienes asistieron a los puestos de votación recibieron de parte de los jurados un certificado electoral.
De acuerdo con la Registraduría Nacional del Estado Civil, el documento tiene un papel fundamental y es con este que se garantiza el acceso a los beneficios adquiridos al votar.
En el ámbito laboral, quienes votaron tienen derecho a solicitar medio día de descanso compensatorio remunerado.
La solicitud deberá ser directamente con el empleador y se tiene hasta un mes después de haber ejercido el derecho al voto, es decir, en este caso hasta el 28 de noviembre.
Otros beneficios
Tendrá prioridad de elección en caso de obtener un empate en resultados de exámenes de ingreso a una universidad pública o privada.
Lo mismo ocurre con pruebas para una carrera con el Estado, como las que realiza la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Descuento del 10% del valor en el trámite inicial y expedición de duplicados de Libreta Militar, cédula de ciudadanía y segundo duplicado.
Rebaja del 10% del valor del pasaporte que solicite en los cuatro años siguientes a la votación y será aplicable una única vez.
Prelación en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado.
Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio, para soldados bachilleres o auxiliares bachilleres. Para soldados campesinos o regulares, son dos meses de beneficios.
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Si fue jurado de votación
En caso de haber sido designado jurado de votación, tiene derecho a descanso, en este caso, un día compensatorio completo. Para reclamarlo tiene 45 días hábiles después de las elecciones.
Si además de ser jurado, también ejerció el derecho al voto, podrá solicitar los dos descansos compensatorios, es decir un día y medio.
Para ello, en común acuerdo con el empleador se definirá si toma el beneficio junto (día y medio) o por separado (primero un día y luego medio día).

