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Aprueban la creación del Ministerio de la Igualdad en primer debate en el Congreso

Escrito por - 11/29/2022

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Después de aprobarse en las comisiones primeras, se deben surtir otros dos debates en las plenarias, para ser Ley de la República.

La creación del Ministerio de la Igualdad y la Equidad, ha sido una de las prioridades desde campaña del presidente Gustavo Petro y la vicepresidenta Francia Márquez. De hecho, este proyecto fue enviado al Legislativo con mensaje de urgencia. El proyecto busca trabajar por la eliminación de las desigualdades económicas, políticas y sociales.

Al surtirse el primer debate en las comisiones primeras tanto en Cámara de Representantes como en Senado fue aprobada esta iniciativa, en medio de críticas de varios sectores que consideraban, por un lado, que habría duplicidad de funciones con otras entidades, como del Departamento para la Prosperidad Social o el ICBF.

También cuestionaron, el impacto fiscal, pues no está claro el costo que representará. Sin embargo, el ponente del proyecto, el senador Alexander López, del Polo Democrático, explicó que las facultades extraordinarias que le serían concedidas al presidente de la Republica irían encaminadas justamente a que sea el jefe de Estado quien pueda reestructurar el sector social, por lo cual hoy no hay una forma de medir el costo.

Es de aclarar que esta propuesta tendrá que surtir otros dos debates en las plenarias de Senado y Cámara, previo a ser Ley de la República.

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Funciones del Ministerio de la Igualdad

  1. Formular, adoptar, dirigir, coordinar, ejecutar y articular las políticas, planes, programas, estrategias, proyectos y medidas para el cumplimiento del objeto del Ministerio y ámbito de competencias.
  2. Adoptar y ejecutar planes, programas, estrategias y proyectos para definir, gestionar y focalizar la oferta social de las entidades del Orden Nacional en el territorio, con criterios de eficiencia y eficacia, priorizando territorios y poblaciones históricamente excluidos.
  3. Coordinar y articular con las entidades del orden nacional, departamental, distrital y municipal la intervención de grupos poblaciones, en el ámbito de sus competencias.
  4. Promover herramientas de participación y organización ciudadana para fortalecer la incidencia de los grupos poblacionales y sujetos de especial protección constitucional en las agendas de política pública, procesos de autogobierno y derechos étnicos territoriales de los pueblos étnicos, en coordinación con las demás entidades competentes.
  5. Fomentar la innovación social a través de la identificación e implementación de iniciativas privadas y locales, entre otras, para poner en funcionamiento las políticas de igualdad y equidad con enfoque interseccional en el accionar estatal y promover condiciones de igualdad política, económica y social a todas las poblaciones vulnerables focalizadas.
  6. Dirigir y orientar la planeación del Sector Administrativo de Igualdad y Equidad para el cumplimiento de las funciones a su cargo.
  7. Gestionar y generar alianzas con actores del sector público, privado, organizaciones de la sociedad civil, autoridades y formas organizativas propias de los pueblos étnicos, organismos de carácter internacional y otros gobiernos que faciliten e impulsen las políticas y el logro de los objetivos del Sector Administrativo de Igualdad y Equidad y de los compromisos internacionales asumidos por el Estado, en coordinación con las demás entidades estatales competentes.
  8. Establecer esquemas de seguimiento, monitoreo y evaluación a la ejecución de las políticas, planes, proyectos y oferta social de competencia del Sector de Igualdad y Equidad, en coordinación con otras entidades competentes, y rendir cuentas a la ciudadanía. Para este efecto, se promocionará y adoptará mecanismos participativos de control social.
  9. Dirigir, coordinar, hacer seguimiento y evaluar los sistemas e instancias de asesoría, coordinación y articulación relacionados con sus competencias creados o que se creen normativamente y que así lo indiquen.
  10. Generar información que permita visibilizar las características, contextos y condiciones de vida que impiden a las personas superar las condiciones de inequidad y desigualdad, para la elaboración de políticas públicas que garanticen el cierre de brechas, avance en la superación de la desigualdad y la inclusión y visibilización de las acciones por la igualdad y equidad en las agendas públicas del orden nacional, departamental, distrital y municipal.
  11. Dirigir, coordinar, orientar, hacer seguimiento y evaluar el Sistema Nacional de Cuidado.
  12. Las demás que le asigne la Ley.

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