Reafirman credencial de la Representante a la Cámara, Leyla Rincón
Escrito por Daniela Perdomo Reyes - 12/05/2022
En firme credencial de la representante a la cámara por el Huila, niegan las pretensiones de las demandas.
Fue ratificada la credencial de la Representante a la Cámara por el Huila, Leyla Marleny Rincón, por el Consejo de Estado. En respuesta a las tres últimas demandas interpuestas contra la curul de la dirigente del Pacto Histórico las cuales pretendían la nulidad de su elección.
La sección quinta del alto tribunal, dictó fallo de única instancia en el expediente acumulado, en el cual se cuestiona la legalidad de la elección de la líder ambientalista. Los demandantes argumentaban que la líder había incurrido en coincidencias de periodos y celebración de contratos como concejala.
La alta corte, determinó que los concejales no son empleados públicos, pues hacen parte de una categoría denominada miembros de una corporación político administrativa, elegidos popularmente, con funciones, competencias específicas y régimen especial de honorarios y seguridad social.
Frente a la nulidad, indicó que, al momento de su inscripción como representante a la Cámara por el Huila, la dirigente Leyla Marleny Rincón no era miembro del Concejo de Neiva, conllevando a que no se observe vulneración de las normas invocadas.
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Demandas
La primera demanda, fue interpuesta el 20 de abril de este año por José Javier Caro, en la que se cuestionó la legalidad del acto electoral de Rincón como representante a la Cámara. Según el demandante, la líder ambientalista renunció a su investidura de concejal el 13 de noviembre de 2021, dimisión que fue aceptada el 17 de ese mes. Aseveró que la accionada como miembro de la mesa directiva del Concejo de Neiva, (presidenta) firmó las Resoluciones 064 y 066 del 4 y 6 noviembre de 2021 y varios contratos, lo que la hacía inelegible para ser representante a la Cámara por el Huila, conforme a las causales de inhabilidad de los numerales 2 y 3 del artículo 179 de la Constitución.
La segunda demanda, fue instaurada por María Elena Daza Bolaños, quien interpuso este recurso el 29 de abril de 2022, por celebración de contratos, y coincidencia de periodos.
Pues en el en ejercicio del encargo de la presidencia del Concejo de Neiva, la hoy congresista celebró contratos estatales e intervino en la gestión de negocios y actos jurídicos propios de la representación legal de dicha entidad.
La última demanda fue instaurada el 9 de mayo de 2022, por Martha Fabiola Garcés Aldana, en ejercicio del medio de control de nulidad electoral, que, según ella, contiene la elección de la dirigente, como representante a la Cámara por el Huila.
Argumentó que, Rincón se encontraba inhabilitada conforme a lo previsto en el artículo 179.3 de la Constitución para ser elegida representante a la Cámara por cuanto gestionó, tramitó, propuso y debatió una convocatoria pública siendo presidenta del Concejo de Neiva, cuyo desenlace era la contratación de una universidad para conformar la terna para contralor de la ciudad.